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Poder elegir

Artistas de Perú, Ecuador, Uruguay, Chile, Brasil, Estados Unidos, Argentina, España y Colombia alzan su voz para que las mujeres de América latina tengan la oportunidad de elegir su destino y decidir sobre sus cuerpos.

La canción Poder Elegir fue escrita por Paula Goldstein y cuenta con la música de Martín Reznik.

El video es producido por Centurión Producciones para el Consorcio Latinoamericano contra el aborto inseguro (CLACAI), con el apoyo del Fondo de Acción para el aborto seguro (SAAF) dentro de la campaña #PoderElegir por la despenalización del aborto en noviembre de 2015

El séptimo sentido

Mira el video que hicieron adolescentes de los colegios públicos de Bogotá promocionando una serie web donde nos enseñan a usar “El séptimo sentido”.

Iniciativa realizada dentro del marco del Proyecto “Sexos con-Sentidos” de la Secretaría de Educación del Distrito y Oriéntame.
Más info en http://bit.ly/1PbCZVF

Eliminada barrera del Misoprostol (Cytotec® – Industol® – Cytil®)

Eliminada barrera del Misoprostol (Cytotec® – Industol® – Cytil®)

Hoy, en el Foro sobre el presente y futuro del aborto legal en Colombia, el ministro de salud Alejandro Gaviria anunció la decisión del INVIMA de sacar el Misoprostol (conocido por sus marcas comerciales Cytotec® – Industol® – Cytil®) del grupo de medicamentos de control especial identificados con una franja violeta en su empaque.

 

Hace 4 meses, por orden del Concejo de Estado el Misoprostol (único fármaco habilitado legalmente en Colombia para el tratamiento de aborto con medicamentos) fue incluido dentro de una clasificación especial que obliga a los servicios farmacéuticos a solicitar copia del documento de identidad y otros datos de contacto a cada persona interesada en adquirir el medicamento, así como del profesional de la salud que genera la receta médica.

 

La decisión del pasado julio causó gran revuelo en la comunidad médica, ya que el sistema de vigilancia especial fue creado para el control de medicamentos que por sus componentes pueden causar dependencia o efectos psicoactivos, lo que a todas luces no ocurre con los medicamentos para abortar.

 

Esto se tradujo en una barrera más en el acceso a opciones seguras para la interrupción voluntaria y legal del embarazo, al afectar a las mujeres que se encuentren en una de las tres situaciones de aborto voluntario despenalizadas:

1) cuando corre riesgo la salud integral o la vida de la mujer,

2) cuando el embarazo es producto de una violación o

3) cuando el embarazo presenta malformaciones fetales incompatibles con la vida fuera del útero.

 

Limitar el acceso a las pastillas, obligaría a muchas mujeres a buscar en la oferta clandestina sin ninguna garantía médica o a recurrir a métodos más invasivos en condiciones de insalubridad. Así lo ratificó hoy el ministro Gaviria al celebrar la decisión de eliminar la restricción al Misoprostol lo que permite a las mujeres, que según la valoración médica requieran llevar a cabo un aborto con medicamentos, adquirirlo simplemente presentando la fórmula médica.

 

Finalmente, es importante resaltar que el Misoprostol está en el POS, es decir fue incluido por la Comisión de Regulación en Salud (CRES) en la lista de medicamentos cubiertos por el Plan Obligatorio de Salud, cuando en septiembre de 2012 atendiera un fallo de Tutela de la Corte Constitucional.

 

Foto: Steve PB (Pixabay)

Métodos para abortar, rompe los mitos.

Métodos para abortar, rompe los mitos.

El aborto inducido ha existido desde siempre en la historia de la humanidad, se sabe que hace 5000 años en la China del emperador Shen Nung se usaba el mercurio para inducir abortos, en todas las épocas las mujeres han recurrido a remedios naturales o botánicos para provocar un aborto y algo de esa “tradición popular” alcanza a resonar hasta nuestros días.

Hoy el avance de la tecnología, la investigación en salud y las garantías que en materia de seguridad social brindan los Estados democráticos, hacen posible una oferta de servicios con base en técnicas modernas que priorizan la seguridad y los derechos de las mujeres que requieren atención en IVE.

Pero sabemos que en el ámbito de América Latina y el Caribe la posibilidad de tener un aborto en condiciones de seguridad médica y trato humanizado puede ser privilegio de unas pocas mujeres; es en estos contextos de alta restricción o de desinformación que las mujeres presas de desesperación tienden a recurrir a tratamientos alternativos, clandestinos o prácticas que ponen en riesgo su bienestar.

En la tercera entrega de los mitos sobre aborto y luego de revisar los 10 mitos sobre cómo obtener un aborto y 7 mitos sobre la legalidad del aborto en Colombia, traemos 8 mitos frecuentes sobre los tratamientos para abortar.

 

Mitos sobre el misoprostol (Cytotec® – Industol® – Cytil®) y el método de aborto con instrumentos

 

Mito 18: “El aborto con medicamentos es el menos doloroso” – Falso

Realidad: La respuesta al dolor es diferente para cada persona, los tratamientos para la interrupción del embarazo en la mayoría de los casos conllevan diversos tipos de malestar físico como dolor pélvico o “dolor bajito”, nauseas, dolor de cabeza, escalofrío, fiebre o vomito. En nuestra experiencia encontramos que la reacción a los tratamientos depende de múltiples factores: estado físico, alimentación, enfermedades de base, experiencias previas, manejo emocional, red de apoyo, entre otros.

Lo cierto es que, existe la posibilidad de sentir dolor durante el proceso; sin importar el tratamiento elegido para la interrupción. En el esquema de manejo de Oriéntame, siempre se recurre al uso de analgésicos para el manejo del dolor y las usuarias cuentan con la opción de consultarnos en todo momento ante cualquier síntoma anormal.

 

Mito 19: “Las pastas para abortar son 100% efectivas”Falso

Realidad: Según la evidencia clínica (referida en el documento Prevención del Aborto Inseguro en Colombia), en condiciones seguras, antes de las 9 semanas de gestación y bajo supervisión médica el tratamiento de misoprostol tiene una tasa de efectividad entre el 85% al 90%. Cuando se realiza sin supervisión médica, por ejemplo el que se consigue en las farmacias donde no se tienen en cuenta los antecedentes clínicos de la mujer o no se ha verificado el tiempo gestacional, su efectividad puede bajar al 40% a 60% de los casos.

 

Mito 20: “El Cytotec® es el único medicamento para abortar” – Falso

Realidad: La OMS en su guía “Aborto sin riesgos” contempla dos opciones de tratamiento con medicamentos (misoprostol solo y misoprostol combinado con mifepristona). Sin embargo, el misoprostol (más conocido bajo su nombre comercial Cytotec® de Laboratorios Pfizer, otras marcas son Cytil®, Industol® y Zetec®) es el único medicamento autorizado hasta el momento por el Instituto para la Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –INVIMA- para el aborto legal en Colombia.

 

Mito 21: “Cualquier mujer puede usar Cytotec®”Falso

Realidad: El tratamiento con medicamentos en Colombia está indicado sólo en mujeres que tienen embarazos inferiores a la semana 9 de gestación, aunque hay evidencia científica de su uso seguro y eficaz hasta las 10 semanas de embarazo. Adicionalmente, su uso tiene algunas pocas contraindicaciones médicas que deben ser identificadas mediante la revisión de antecedentes clínicos y estado de salud actual de la mujer. Si usa un dispositivo intrauterino (DIU), debe retirarse antes de iniciar el aborto con pastillas.

 

Mito 22: “El legrado es la cirugía con la que se hace el aborto”Falso

Realidad: El legrado o curetaje es un procedimiento quirúrgico que consiste en raspar el interior del útero con una cucharilla llamada legra, se hace bajo anestesia general y tiene pocos días de incapacidad. En algunos hospitales aún se usa para la interrupción del embarazo o extracción de tejidos en casos de aborto incompleto; no obstante, este tratamiento está desaconsejado por la OMS para la práctica del aborto por conllevar riesgos innecesarios para las mujeres como mayor probabilidad de hemorragia, rasgado uterino y mayor dolor.

 La aspiración manual del interior del útero –AMEU- es el tratamiento recomendado por la OMS en la guía “Aborto sin riesgos” para la interrupción de embarazos inferiores a la semana 15 de gestación si se cuenta con personal capacitado. Es un método ambulatorio, no requiere incapacidad, toma alrededor de 10 minutos y consiste en introducir un pequeño tubo conectado a un mecanismo de aspiración que permite desprender el tejido gestacional de las paredes del útero; para disminuir la sensación de dolor se aplica anestesia local y en ciertos casos sedación.

 

Mito 23: “La pastilla del día después es abortiva”Falso

Realidad: La pastilla del día después o anticoncepción de emergencia es un medicamento hormonal (levonorgestrel) que produce anovulación, es decir impide la ovulación o liberación de los óvulos, también puede espesar el moco del cuello uterino e impedir el ingreso de los espermatozoides al útero. Si la mujer no ha ovulado al momento de la toma del anticonceptivo este la protegerá de embarazo no planeado. Por esta razón el anticonceptivo de emergencia no tiene ningún efecto sobre el óvulo que ya fue alcanzado por el espermatozoide.

 

Mito 24: “Hay métodos caseros para abortar”Falso

Realidad: En la consulta escuchamos todo tipo de recetas infusiones de hierbas (ruda, perejil, angélica, poleo) o frutas y otras especias (canela, sésamo, papaya, piña), nada de esto cuenta con bases científicas; al contrario, estas prácticas pueden resultar muy peligrosas para la salud o simplemente ineficaces. Lo más importante es que en Colombia es posible acceder a un servicio legal, seguro y con acompañamiento profesional; no hay razón para exponer la integridad personal intentando un método casero. Ver más.

 

Mito 25: “Después de un aborto se necesita incapacidad médica”Falso

Realidad: Ninguno de los dos tratamientos disponibles en Colombia (con pastillas de misoprostol o por aspiración uterina) requiere incapacidad médica. De hecho, la Interrupción del embarazo puede efectuarse en un servicio de atención primaria en salud y los tratamientos siempre son ambulatorios.

En la atención que brinda Oriéntame, el 70% de las mujeres requiere disponer de 4 horas en promedio para todo el proceso, sólo en casos excepcionales no es posible completar todos los pasos de la atención el mismo día, esto se relaciona con condiciones clínicas específicas de la paciente (necesidad de exámenes o tratamientos adicionales según recomendación médica).

 

¿Aun tienes dudas?

hablemos sobre métodos para abortar vía chat o llama al (1) 744 7633

Aborto legal es aborto seguro

Aborto legal es aborto seguro

En el marco de la Acción global por el aborto legal y seguro que se conmemora cada 28 de septiembre, continuamos con la revisión de mitos y desinformación que rodea el tema del aborto en Colombia. Luego de revisar 10 mitos sobre acceso a servicios de aborto, hoy hablaremos sobre el aborto en términos del derecho y su estatus legal para nuestro país.

 

Sobre la legalidad del aborto

Mito 11: “El aborto es un delito” – Falso

 

Realidad: Desde el 2006 en Colombia, abortar es legal en tres situaciones: riesgo para la salud o la vida de la mujer, embarazo resultado de violencia sexual o inseminación no consentida y malformación fetal incompatible con la vida fuera del útero. Estas tres únicas condiciones le dan un carácter parcial a la despenalización del aborto estipulada por la Corte Constitucional en la Sentencia C-355 de 2006.

No obstante, en los casos en los que no se cuenta con la voluntad de la mujer debe seguir siendo un delito, ya que la continuación así como la interrupción forzada del embarazo implican la violación de los derechos humanos, siendo este el caso para muchas mujeres en Colombia que viven en medio del conflicto armado y su cuerpo se convierte en botín de guerra y objeto de múltiples formas de violencia.

Para profundizar en el tema de mujeres, violencia sexual y conflicto se puede consultar: “Colombia: Mujeres, Violencia Sexual en el Conflicto y el Proceso de Paz”, 2013; “Situación en Colombia de la violencia sexual contra las mujeres”, 2009; Lo que hemos aprendido sobre la atención a mujeres víctimas de violencia sexual en el conflicto armado colombiano”, 2010.

 

Mito 12: “El aborto no es un derecho” – Falso

Realidad: La decisión de continuar o no un embarazo no deseado le compete únicamente a la mujer gestante, en razón del riesgo o afectación para su salud o su vida. La continuación forzada del embarazo implica una carga desproporcionada para la mujer gestante que atenta contra su dignidad, libertad, salud, libre desarrollo de su persona, autodeterminación reproductiva, entre otros derechos.

 

Mito 13: “La EPS informa sobre el servicio de IVE a la pareja, padres, empleador, colegio o universidad” –Falso

Realidad: Ni la EPS, ni los servicios de salud privados pueden revelar la información de la paciente a terceros; los servicios de salud son custodios de esta información y están obligados a garantizar completa confidencialidad, sin importar el tipo de afiliación (beneficiaria, cotizante o subsidiada) de la persona titular de la información. La historia clínica contiene datos sensibles y toda su información está protegida por las leyes colombianas, solo tendrán acceso a la historia clínica la propia paciente o las autoridades con orden judicial.

 

Mito 14: “Las decisiones sobre aborto deben resolverlas los jueces” – Falso

Realidad: Esto fue una práctica recurrente en los años inmediatos al 2006, había mucha desinformación sobre la despenalización del aborto; las solicitudes de las mujeres terminaban resolviéndose a través de tutelas. En términos generales, el Estado debe garantizar la autonomía sexual y reproductiva de las personas, esto es libertad en decisiones sobre el número de hijos, cuando o con quien tenerlos y por lo tanto no compete a los jueces decidir sobre las solicitudes de IVE.

 

Mito 15: “Las decisiones sobre aborto deben resolverlas los médicos” – Falso

Realidad: Igual que en el mito anterior, si la gestante se encuentra viviendo una de las tres situaciones que posibilita legalmente la solicitud de aborto, lo principal es la voluntad de la mujer a la hora de considerar la continuación o interrupción de un embarazo. Es deber de los médicos asegurar la atención de la mujer que requiere una IVE. En el caso de la causal salud es su función certificar el riesgo o afectación que produce el embarazo para la mujer, si así la paciente lo considera, y practicar el debido tratamiento para la interrupción o remitirla a un servicio de salud donde esto sea posible.

 

Mito 16: “Legalizar el aborto atenta contra la salud de las mujeres” – Falso

Realidad: Todo lo contrario, es un hecho de salud pública que en los países de mayores restricciones la afectación para la salud de las mujeres es más alta en comparación con países donde el aborto es completamente legal. Según cifras de la OMSCada año todavía se practican unos 22 millones de abortos en condiciones peligrosas, estos provocan la muerte de 47000 mujeres y discapacidades en otros 5 millones de mujeres”, todas muertes y daños prevenibles mediante acceso a servicios de aborto seguro y legal.

 

Mito 17: “Si las mayorías están en contra del aborto este debería ser ilegal” – Falso

Realidad: En un Estado democrático, los Derechos Humanos se deben garantizar para el total de sus ciudadanos y ciudadanas. Los intentos de imponer una sola forma de pensar o actuar suelen ir en contra de los derechos de los grupos minoritarios, y ésta es la base de la discriminación por razones étnicas, religiosas o lingüísticas. Garantizar el acceso a la salud o la vida para las mujeres que requieren un aborto es un deber del Estado, sin importar si este servicio es solicitado por un gran número de mujeres o por una sola de ellas.