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Día de la acción global por el aborto legal y seguro

Día de la acción global por el aborto legal y seguro

Cada de 28 de septiembre cientos de organizaciones y miles de personas alrededor del mundo se unen en torno a una misma causa: la liberalización del aborto. Es un hecho de salud pública que entre más restrictivas sean las leyes sobre aborto más se afecta la salud de las mujeres.

 

Este hecho es una realidad hoy como lo era hace 25 años, cuando mujeres defensoras de derechos humanos de toda América Latina y el Caribe reunidas en Argentina acordaron fijar el 28 de septiembre para la reflexión en torno a la necesidad de la legalización del aborto en nuestra región, la fecha fue escogida en remembranza del 28 de septiembre de 1871 cuando se promulgó la Ley de vientre libre en Brasil, último país de América en abolir la esclavitud. Año tras año se han sumado organizaciones de otros continentes, por lo que la campaña se vuelve oficialmente global a partir de 2011.

 

La interrupción voluntaria del embarazo es una decisión a la que pueden acceder libremente las mujeres de sólo 6 países de América Latina, en los 33 países restantes hay múltiples restricciones o está completamente prohibido. Junto con África y el Medio Oriente la nuestra es una de las regiones con más prohibiciones en el mundo y por la misma razón donde más abortos inseguros se realizan. Más información en este mapa sobre la legalidad del aborto en el mundo.

 

En nuestro trabajo pionero en Colombia por el derecho a decidir sobre la propia reproducción y en la prestación de servicios legales y seguros que ofrezcan un trato humanizado a las mujeres y sus parejas, escuchamos en el día a día todo tipo de mitos, mentiras y falsas creencias en torno al aborto.

 

Para unirnos a la campaña del Día de la Acción Global por el Aborto Legal y Seguro, traemos algunos de ellos, los hay muy diversos: sobre los riesgos, sobre los tratamientos, sobre su estatus legal en el país, sobre los profesionales que brindan los servicios de interrupción del embarazo y sobre las mujeres; hoy comenzamos hablando de los mitos sobre el acceso a servicios de aborto legal en Colombia:

 

 

Sobre cómo obtener un aborto

 

Mito 1: “Si la mujer no tiene dinero no puede abortar” – Falso

 

Realidad: Esto en Colombia después de la despenalización del aborto no es así, de hecho la Interrupción Voluntaria del Embarazo –IVE- está incluida en el Plan Obligatorio de Salud, esto significa que la Empresa Promotora de Salud debe hacerse cargo de los gastos, y en Oriéntame tenemos convenios con EPS para que los costos de la atención de aborto legal sean asumidos por el sistema de salud y no por la mujer gestante. Además, en Oriéntame contamos con subsidios para población vulnerable como adolescentes de bajos recursos o mujeres en situación de desplazamiento.

 

 

Mito 2: “Debe estar enferma para solicitar un aborto por causal salud” – Falso

 

Realidad: Esta es una idea muy difundida entre los profesionales de la salud, pero lo cierto es que en Colombia, la Causal salud permite a la mujer gestante solicitar un aborto si considera que la continuación del embarazo conlleva algún riesgo o la posibilidad de lesión o daño para su salud en cualquiera de sus dimensiones. Por lo que no se le puede exigir que espere a que se produzca efectivamente el daño en su salud para brindarle el servicio. El derecho a la salud supone el goce del más alto nivel posible de salud física, mental y social. Para mayor referencia se puede consultar la definición de salud de la Organización Mundial de la Salud -OMS- y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas.

 

 

Mito 3: “Un poco de angustia no es razón para abortar” – Falso

 

Realidad: La idea de continuar con un embarazo no deseado para muchas mujeres puede convertirse en una tortura psicológica. Existe desde la práctica médica suficiente evidencia que señala que un embarazo no deseado o la maternidad forzada aumentan el riesgo de experimentar problemas de salud mental, por lo que toda mujer en esta situación enfrenta un riesgo para su salud que no está obligada a asumir y, por lo tanto, tiene derecho a interrumpir su embarazo. Para ampliar esta información se puede consultar el documento Embarazo no deseado, continuación forzada del embarazo y afectación de la salud mental.

 

 

Mito 4: “El aborto debe estar por fuera del POS” – Falso

 

Realidad: La inclusión de la interrupción voluntaria del embarazo en los planes de salud de los países es un avance en la justicia y en el acceso a servicios seguros y legales de aborto. Con ello las principales beneficiadas son las mujeres de más escasos recursos, pues al incluir el servicio de IVE en el plan obligatorio de salud la atención no depende de si las mujeres cuentan con recursos para costear su atención, como ocurría en Colombia antes de la despenalización y aun sucede en los países con legislaciones restrictivas, sino que en principio todas las mujeres que así lo requieran tienen garantizada la atención.

 

 

Mito 5: “Las EPS se demoran semanas en autorizar el tratamiento de IVE” – Falso

 

Realidad: Para realizar la atención, por ley los servicios de salud tienen un plazo máximo de 5 días a partir de la solicitud de la paciente. Por esto, los servicios de salud deben contar con procesos de diagnóstico ágiles y sin listas de espera, la prestación del servicio no dependerá del concepto de juntas, auditores o comités médicos. En la experiencia de atención de usuarias en Oriéntame a través de convenios, la EPS toma dos días y medio en promedio en aprobar la atención.

 

 

Mito 6: “El aborto es excepcional, no es común que las mujeres aborten” – Falso

 

Realidad: En el mundo 1 de cada 3 mujeres requerirá un aborto antes de cumplir 45 años. Según el Guttmacher Institute cada año ocurren 44 millones de abortos, de estos 21.6 millones se practican en condiciones de insalubridad. En América Latina, según cifras de OMS el 95% de los abortos son inseguros pues la mayoría de nuestros países tienen leyes restrictivas. Estas cifras son muy elocuentes y dan cuenta de la frecuencia del aborto y del drama que viven las mujeres en situación de embarazo no deseado.

 

 

Mito 7: “En internet hay opciones de aborto gratis” – Falso

 

Realidad: En consonancia con el mito anterior, las leyes restrictivas crean el marco perfecto para la oferta clandestina de opciones para abortar que encuentran en la libertad de internet el medio ideal para anunciarse, muchas de ellas tienen que ver con medicamentos de contrabando que nunca son gratis, u otros servicios clandestinos sin ninguna garantía ni supervisión médica profesional que pueden poner en riesgo la salud de las mujeres. Otra cosa abundante en la web son las innumerables recetas caseras, generalmente con base en plantas para abortar, que sin duda también conllevan múltiples riesgos para la salud.

 

 

Mito 8: “Las menores de edad deben contar con el permiso de sus padres” – Falso

 

Realidad: No en la legislación colombiana, la Sentencia C-355 respeta la libertad de las mujeres para decidir si continúan un embarazo o no sin distingo de edad, siempre y cuando se encuentren al menos en una de las situaciones despenalizadas. Sin embargo, en Oriéntame por apoyo emocional sugerimos que las adolescentes estén acompañadas y si es menor de 14 años requerimos, por protocolos de seguridad de la paciente, la compañía de uno de sus padres.

 

 

Mito 9: “Solo los abortos hechos en los grandes hospitales son seguros” – Falso

 

Realidad: La mayoría de los abortos ocurren en el primer trimestre del embarazo, en ese momento el tratamiento para la interrupción del embarazo tiene manejo ambulatorio en nivel básico de atención. Al respecto, el protocolo para la Prevención del aborto inseguro en Colombia refiere: “Estudios en grandes series de pacientes demuestran que la provisión de aborto temprano en el nivel primario de atención y por personal médico debidamente entrenado, es segura y mejora el acceso y la oportunidad” Ministerio de Salud 2014.

 

 

Mito 10: “Sólo se puede interrumpir el embarazo en las primeras semanas” – Falso

 

Realidad: En Colombia, la Sentencia de despenalización no puso límites de tiempos gestacionales o ley de cuotas como existe en otros países. Todas las mujeres tienen garantizada la atención sin importar el tiempo de embarazo. Si un servicio de salud no cuenta con profesionales debidamente capacitados o con las condiciones técnicas tiene la responsabilidad de remitir sin demoras a un nivel superior.  Sobre esto Minsalud señala: “El segundo nivel de atención debe ofrecer todos los servicios de IVE delineados en el primer nivel y debe estar preparado para atender servicios de IVE en todas las circunstancias y etapas del embarazo”.  Sin embargo, cuando los centros médicos de primer nivel de atención cumplen con los estándares de habilitación es posible brindar atención de IVE en primer y segundo trimestre;  como es el caso de nuestra sede en Usaquén.

Tres historias sobre aborto fallido ¿Qué salió mal?

Tres historias sobre aborto fallido ¿Qué salió mal?

¿Por qué puede fallar un aborto casero? Seguro has escuchado un montón de ideas sobre cómo realizar un aborto con medicamentos, pero no has tenido la asesoría de un profesional que te dé información confiable.
Es normal que tengas dudas, por eso es importante que te informes antes de tomar decisiones que puedan afectar tu salud. Aquí están 3 de los errores más comunes de automedicarse.

 

1.  Seguir consejos de cualquiera en internet para hacer un aborto casero

Aunque los consejos vengan con buenas intenciones, muchas veces son rumores que no son de una fuente segura. Además qué saben ellos de ti o tu estado de salud, tu situación no es igual a la de la novia del amigo de tu prima, cada cuerpo es diferente, tanto física como psicológicamente.

La historia de María José y el Cytotec®:
Tres meses después de la fiesta de sus 21 años, María José tuvo un retraso menstrual y confirmó que estaba embarazada con una prueba casera. Una de sus amigas le recomendó Cytotec® para interrumpir el embarazo. Buscó en internet y encontró que podía pedir el medicamento a domicilio, entre otras opciones como Cytil® y Cyprostol® nombres comerciales para el misoprostol en Colombia.
La dosis que le vendieron no fue suficiente para inducir el aborto. Luego de unas horas tuvo cólicos intensos. Aunque hubo sangrado, no se logró la expulsión total del embrión. El cólico fue evidente para sus papás que al darse cuenta tuvieron que llevarla de urgencias a la clínica por fiebre alta y un “dolor bajito” insoportable.

¿Cómo pudo cambiar la historia de este aborto casero?
María José nunca hizo una consulta previa para saber cuántas semanas tenía de embarazo. No tuvo una recomendación profesional que le informara la dosis correcta para su caso. No conocía las contraindicaciones del medicamento que utilizó.

 

2.  La pastilla del día después o Postday®

 

Como su nombre lo dice, la pastilla del día después es un anticonceptivo de emergencia que debe usarse como indica su dosis. No es un abortivo, pero suele pensarse que lo es, porque sus componentes inhiben la ovulación, esto hace más difícil la fecundación al impedir que el óvulo y los espermatozoides se encuentren. Pero si al momento de la toma ya estás ovulando no funcionará.

La historia de Camila y el Postday®:
Camila tuvo relaciones sexuales sin protección con su novio. Para evitar el embarazo, usó la pastilla del día después. A los 3 días volvió a tener relaciones de la misma manera y repitió la dosis. Esta vez, quedó preocupada porque sangró un poco y esto la alarmó pensando que existía un embarazo.
Camila aumentó la dosis y en un día tomó 4 pastillas. Luego de 15 días tuvo un retraso y a pesar de no existir un embarazo, Camila siguió tomando la pastilla además de métodos caseros con hierbas de uso intravaginal.
Camila se lastimó emocional y físicamente. Alteró su flora vaginal desarrollando una irritación por hongos, llamada Candidiasis.

¿Cómo pudo cambiar la historia de este aborto casero?
Camila nunca verificó su posible estado de embarazo. No averiguó los efectos secundarios del Postday® que indican un desorden en el siguiente ciclo menstrual. Se expuso a tratamientos caseros riesgosos y sobre todo, a pesar de tener una pareja estable, nunca uso algún método anticonceptivo.

 

3.  Métodos naturales para abortar

Desde siempre, las mujeres han intentado interrumpir embarazos inoportunos con recetas caseras, que en la mayoría de los casos no funcionan. Esto puede traer complicaciones con serias consecuencias como la continuación del embarazo con malformación fetal, esterilidad o incluso la muerte de la mujer.

La historia de Johana y Angélica:
Cuando Johana volvió de vacaciones a finalizar el noveno grado, tuvo un retraso y esperó 3 semanas sin comprobar su estado. A la cuarta semana, los síntomas del embarazo fueron evidentes. Como no quería que nadie se enterara, buscó la interrupción del  embarazo con un método casero y natural, no invasivo y lo más importante, económico.
Leyó acerca de Dong Quai o Angélica, una hierba muy conocida por su efecto secundario en mujeres embarazadas. Johana ingirió más de un litro de infusión de la hierba y esa noche tuvo una hemorragia grave que la dejó hospitalizada dos días y en todo caso no logro interrumpir el embarazo.

¿Cómo pudo cambiar la historia?
Johana, confiada en el efecto de la planta abortiva, no sabía que usarla después de la cuarta semana podría causar una hemorragia por ser un anticoagulante, además creyó ciegamente en las recetas que cualquiera publica en internet.

 No tomes decisiones con información insuficiente, sesgada o de fuentes poco confiables. Si tienes alguna duda sobre la interrupción del embarazo, comunícate al teléfono fijo 744 7633 en Bogotá o contáctanos de forma anónima en el chat.

En Oriéntame daremos respuesta a todas tus dudas sobre el aborto.

Foto: Doomenstein, Flickr.

Nueve años de despenalización del aborto en Colombia

Nueve años de despenalización del aborto en Colombia

A Martha Solay González le descubren cáncer de útero a las seis semanas de haber quedado en embarazo, pese a que se había ligado las trompas después de la llegada de su tercer hija. Por estar embarazada los médicos se negaron a darle tratamiento para contrarestar el cáncer, entonces ella solicita la interrupción de la gestación pero era el año 2004 y en ese momento el aborto era completamente ilegal en Colombia.

Ante esto, Martha tuvo que pasar poco menos de un año viendo como su salud se deterioraba así como su situación socioeconómica, ya que ella proveía el único ingreso a su casa trabajando ocasionalmente en oficios domésticos. Finalmente, el 11 de junio de 2007 esta pereirana de 37 años muere por las complicaciones asociadas al cáncer, dejando huérfanas a sus 4 hijas Jenny, Valeria, María José y Daniela.

El caso de Martha Solay, símbolo de un nuevo capítulo en la lucha por el derecho a decidir sobre asuntos reproductivos, dio base a la demanda de inconstitucionalidad de la prohibición total del aborto que presentará un colectivo de defensores de derechos humanos encabezados por la abogada Mónica Roa. Así el 10 de mayo de 2006 la Corte constitucional en su Sentencia C-355 señala que las mujeres están en libertad de decidir si desean continuar o interrumpir el embarazo en caso de que:

  1. Se constate malformación fetal no compatible con la vida.
  2. Sea producto de abuso sexual o inseminación no consentida.
  3. Implique riesgo para la salud o la vida de la mujer gestante.

Aún hay barreras

A pesar de la claridad de la sentencia de la Corte, casi una década después persisten las barreras para las mujeres que requieren un aborto legal: imposición de requisitos adicionales (juntas médicas, conceptos psiquiátricos, entre otros), la falta de disponibilidad de los servicios, malentendidos en la aplicación de la objeción de conciencia (a la que tienen derecho las personas mas no las instituciones de salud).

Aunque tal vez sea la desinformación la barrera más grande, y sin duda se relaciona con el hecho de que el número de abortos clandestinos no disminuya, según lo muestra la investigación del Instituto Guttmacher (ver gráfico). Esto lo constatamos a diario en nuestras clínicas con la llegada de mujeres con complicaciones derivadas de prácticas en condiciones de inseguridad médica.

Ejemplo de ello es el tratamiento de aborto con pastillas de misoprostol (Cytotec®, Industol® ó Cytil®), que sin acompañamiento profesional puede derivar en infección del útero por residuos no evacuados, aborto retenido; o la continuación del embarazo consecuencia de la toma de dosis inadecuadas, rebajados con otras sustancias o falsos medicamentos.

Aborto pago por EPS

En medio de este panorama, se han dado algunos avances importantes, como el acceso a la atención del aborto legal dentro del Plan Obligatorio de salud –POS- ya sea por la atención directa en Instituciones Prestadoras de Salud -IPS- propias de las Entidades Promotoras de Salud -EPS-, o a través de otras IPS como Oriéntame, donde tenemos convenios de atención para la atención de diferentes modalidades de aborto legal.

Por esto desde la Fundación seguimos trabajando en diferentes frentes para que no existan más casos como el de Martha Solay ni otras mujeres anónimas que a diario y por diferentes razones enfrentan la necesidad de interrumpir el embarazo, pero que por desconocimiento o por barreras propias del sistema de salud no logran acceder a servicios legales, seguros y de calidad, y terminan exponiendo su salud e incluso su vida.

Fuentes:

Women’s Link Worldwide, “Murió en Pereira Martha Solay González” Colombia, 2007

Prada E et al., “Embarazo no deseado y aborto inducido en Colombia: causas y consecuencias“, Nueva York, Guttmacher Institute, 2011.

Nueva clínica especializada en interrupción del embarazo en Bogotá

Nueva clínica especializada en interrupción del embarazo en Bogotá

El pasado 13 de abril inauguramos una clínica especializada en el sector de Usaquén en Bogotá. El moderno edificio cuenta con la tecnología y demás condiciones de equipamiento médico para cumplir con los más altos estándares nacionales e internacionales para la prestación de servicios seguros de interrupción legal del embarazo de primer y segundo trimestre.

Como se conoció en 2012 por un estudio sobre aborto inducido en Colombia, realizado por el Instituto Guttmacher, en el país se realizan anualmente cerca de 404.000 abortos, pero sólo 0.08% (alrededor de 322) se realizan en condiciones de seguridad médica y legalidad que brinda la sentencia de la despenalización parcial del aborto del año 2006.

Por esto, para Oriéntame la apertura de la clínica de Usaquén representa uno de los principales logros en estos 9 años posteriores a la despenalización, en la búsqueda continua por deshacer barreras de acceso a servicios legales y seguros para la interrupción del embarazo, garantizando los derechos de las mujeres y las parejas a la autodeterminación en materia de decisiones reproductivas, así como el derecho a la salud, entre otros.

En este centro médico, especialmente diseñado y construido para la prestación de servicios de salud reproductiva en primer nivel de atención, cuenta con modernas salas de procedimientos menores, acceso especial para población en condición de discapacidad, salas individuales de espera, entre otras características con el ánimo de garantizar la confidencialidad, calidad y calidez que siempre han caracterizado los servicios de la Fundación.

La clínica inicialmente atenderá de lunes a viernes de 8 am a 3 pm y las personas interesadas en los servicios podrán reservar cita a través de la línea telefónica gratuita para todo el país 01 8000 182 182 o vía chat.

Protocolo para la práctica del aborto legal en Colombia

Protocolo para la práctica del aborto legal en Colombia

Prevención del aborto inseguro en Colombia

Para 2008, se realizaban en Colombia 400.400 abortos pero solo 0.08% (322) fueron abortos legales practicados con técnicas modernas en instituciones con personal capacitado, las demás fueron interrupciones clandestinas con algún grado de inseguridad, esto a su vez representó que al año 93,000 mujeres recurrieran al sistema de salud para el tratamiento de complicaciones postaborto evitables.

Los intentos de despenalización del aborto en Colombia inician en los años 70s

La despenalización parcial del aborto en Colombia es el resultado de la sinergia de 4 décadas de esfuerzos desde varios frentes de trabajo: feministas, activistas de DDHH, políticos, sector salud y colectivos de abogados.

En 2006, mediante la sentencia C-355 la Corte Constitucional resuelve despenalizar tres situaciones en las que abortar sería legal en Colombia:

1. Por estar embarazada su estado de completo bienestar social, mental o físico está en riesgo.

2. El embarazo es consecuencia de una violación, incesto o inseminación artificial no consentida.

3. Cuando se ha diagnosticado malformación fetal que haga inviable su vida fuera del útero.

Adicionalmente, a lo largo del tiempo y a falta de una regulación legislativa la Corte se ha pronunciado en diferentes ocasiones sobre diversos aspectos de la prestación de los servicios de Interrupción Voluntaria del Embarazo -IVE-.

El tratamiento para la Interrupción legal del embarazo fue incluido en el antiguo Plan Obligatorio de Salud en 2006, hoy día Plan de Beneficios en Salud, por lo que cualquier persona gestante en el territorio nacional puede solicitar este servicio en su EPS, sin importar el régimen al que esté afiliada, o si es procedente de otro país.

En la Sentencia de despenalización del aborto la Corte Constitucional no estableció un límite de tiempo para la práctica de la IVE, y esto fue ratificado por la misma entidad en la Sentencia SU-096 de 2018.

El servicio de IVE debe ser resuelto antes de cumplidos 5 días de la solicitud.

En el caso de las menores de 14 años está completamente despenalizado, es decir las niñas y adolescentes pueden abortar sin apelar a las causales, además en su caso por ley se presume abuso sexual, incluso si fue una relación consentida por la menor.

En este sentido es de resaltar el trabajo de La Mesa que habian enfrentado barreras en la prestación de los servicios de aborto legal para 2015, ha explorado y sistematizado sus hallazgos en diferentes estudios contribuyendo a ampliar el conocimiento de la salud y los derechos sexuales y reproductivos y su ejercicio.

Otros temas analizados por la Corte y sus implicaciones en materia de acceso a servicios de aborto legal son: prohibición de requisitos adicionales Sentencia T-988 del 2007, Objección de conciencia Sentencia T-946 de 2008 y Sentencia T-388 del 2009, disponibilidad de médicos Sentencia T-209 del 2008, Menores de 14 años Sentencia T-841 de 2011.

El protocolo para el sector salud creado por el Ministerio de Salud y Protección social, recoge los principios de la Guía aborto sin riesgos de la Organización Mundial de la Salud reeditado en 2012.

Ver documento

Guía para el sector salud para la prestación de servicios de interrupción del embarazo

Protocolo para la práctica del aborto legal en Colombia

Aborto en el mundo

Según el Instituto Guttmacher, se estima que 40 millones de abortos tendrán lugar en el mundo durante el 2012. La mayor parte de estos procedimientos serán clandestinos e inseguros, cobrando un terrible precio en vidas de mujeres.

“Es esencial reducir el número de abortos inseguros para mejorar la salud pública. Y es un derecho básico de toda mujer decidir si quiere tener hijos y cuándo quiere tenerlos—sin tener que poner en riesgo su salud o su vida-.”

Este video fue creado por el Instituto Guttmacher, una organización líder en investigación y políticas sobre salud sexual y reproductiva.

El vídeo tiene como objetivo informar a los debates de los políticos, el público y los medios de comunicación acerca de la provisión de servicios de aborto seguro, dejando en claro que estos servicios son esenciales para la salud reproductiva, que a su vez beneficia las mujeres, sus hijos y la sociedad.

También se puede consultar la hoja informativa para referencias de los datos en: https://www.guttmacher.org

Mayor información en: http://www.guttmacher.org/media/inthenews/2012/10/04/index.html