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En el marco de la Acción global por el aborto legal y seguro que se conmemora cada 28 de septiembre, continuamos con la revisión de mitos y desinformación que rodea el tema del aborto en Colombia. Luego de revisar 10 mitos sobre acceso a servicios de aborto, hoy hablaremos sobre el aborto en términos del derecho y su estatus legal para nuestro país.

 

Sobre la legalidad del aborto

Mito 11: “El aborto es un delito” – Falso

 

Realidad: Desde el 2006 en Colombia, abortar es legal en tres situaciones: riesgo para la salud o la vida de la mujer, embarazo resultado de violencia sexual o inseminación no consentida y malformación fetal incompatible con la vida fuera del útero. Estas tres únicas condiciones le dan un carácter parcial a la despenalización del aborto estipulada por la Corte Constitucional en la Sentencia C-355 de 2006.

No obstante, en los casos en los que no se cuenta con la voluntad de la mujer debe seguir siendo un delito, ya que la continuación así como la interrupción forzada del embarazo implican la violación de los derechos humanos, siendo este el caso para muchas mujeres en Colombia que viven en medio del conflicto armado y su cuerpo se convierte en botín de guerra y objeto de múltiples formas de violencia.

Para profundizar en el tema de mujeres, violencia sexual y conflicto se puede consultar: “Colombia: Mujeres, Violencia Sexual en el Conflicto y el Proceso de Paz”, 2013; “Situación en Colombia de la violencia sexual contra las mujeres”, 2009; Lo que hemos aprendido sobre la atención a mujeres víctimas de violencia sexual en el conflicto armado colombiano”, 2010.

 

Mito 12: “El aborto no es un derecho” – Falso

Realidad: La decisión de continuar o no un embarazo no deseado le compete únicamente a la mujer gestante, en razón del riesgo o afectación para su salud o su vida. La continuación forzada del embarazo implica una carga desproporcionada para la mujer gestante que atenta contra su dignidad, libertad, salud, libre desarrollo de su persona, autodeterminación reproductiva, entre otros derechos.

 

Mito 13: “La EPS informa sobre el servicio de IVE a la pareja, padres, empleador, colegio o universidad” –Falso

Realidad: Ni la EPS, ni los servicios de salud privados pueden revelar la información de la paciente a terceros; los servicios de salud son custodios de esta información y están obligados a garantizar completa confidencialidad, sin importar el tipo de afiliación (beneficiaria, cotizante o subsidiada) de la persona titular de la información. La historia clínica contiene datos sensibles y toda su información está protegida por las leyes colombianas, solo tendrán acceso a la historia clínica la propia paciente o las autoridades con orden judicial.

 

Mito 14: “Las decisiones sobre aborto deben resolverlas los jueces” – Falso

Realidad: Esto fue una práctica recurrente en los años inmediatos al 2006, había mucha desinformación sobre la despenalización del aborto; las solicitudes de las mujeres terminaban resolviéndose a través de tutelas. En términos generales, el Estado debe garantizar la autonomía sexual y reproductiva de las personas, esto es libertad en decisiones sobre el número de hijos, cuando o con quien tenerlos y por lo tanto no compete a los jueces decidir sobre las solicitudes de IVE.

 

Mito 15: “Las decisiones sobre aborto deben resolverlas los médicos” – Falso

Realidad: Igual que en el mito anterior, si la gestante se encuentra viviendo una de las tres situaciones que posibilita legalmente la solicitud de aborto, lo principal es la voluntad de la mujer a la hora de considerar la continuación o interrupción de un embarazo. Es deber de los médicos asegurar la atención de la mujer que requiere una IVE. En el caso de la causal salud es su función certificar el riesgo o afectación que produce el embarazo para la mujer, si así la paciente lo considera, y practicar el debido tratamiento para la interrupción o remitirla a un servicio de salud donde esto sea posible.

 

Mito 16: “Legalizar el aborto atenta contra la salud de las mujeres” – Falso

Realidad: Todo lo contrario, es un hecho de salud pública que en los países de mayores restricciones la afectación para la salud de las mujeres es más alta en comparación con países donde el aborto es completamente legal. Según cifras de la OMSCada año todavía se practican unos 22 millones de abortos en condiciones peligrosas, estos provocan la muerte de 47000 mujeres y discapacidades en otros 5 millones de mujeres”, todas muertes y daños prevenibles mediante acceso a servicios de aborto seguro y legal.

 

Mito 17: “Si las mayorías están en contra del aborto este debería ser ilegal” – Falso

Realidad: En un Estado democrático, los Derechos Humanos se deben garantizar para el total de sus ciudadanos y ciudadanas. Los intentos de imponer una sola forma de pensar o actuar suelen ir en contra de los derechos de los grupos minoritarios, y ésta es la base de la discriminación por razones étnicas, religiosas o lingüísticas. Garantizar el acceso a la salud o la vida para las mujeres que requieren un aborto es un deber del Estado, sin importar si este servicio es solicitado por un gran número de mujeres o por una sola de ellas.