– Soy muy joven
– Quiero nietos, no hijos
– No fue con mi pareja
– Estoy en un tratamiento médico
– Mi prioridad es mi carrera
– Me echarían de la casa
– No tengo empleo
– Ya tengo tres hijos
– No quiero
– . . .

Los motivos que tienen las mujeres y personas con posibilidad de gestar para decidirse por un aborto son tan diversos como personas hay.

En Colombia entre 2006 y 2022, cualquier persona que decidiera abortar debía exponer sus razones para solicitar un aborto ante los equipos de salud y estos tenían la potestad de considerarlas válidas o no.

Allí radica la importancia de la Sentencia sobre aborto libre C – 055 de febrero 21 de 2022, pues en esta la Corte Constitucional declara que el aborto es una opción que se puede solicitar durante las primeras 24 semanas de embarazo sin necesidad de “convencer” a los prestadores de salud para que se practique la Interrupción Voluntaria del Embarazo -IVE-.

Y de la semana 24 en adelante, se mantiene lo que se había despenalizado desde 2006, abortar es legal en casos de violencia sexual, malformación fetal inviable y riesgo para la salud o la vida de la embarazada.

Con esta decisión de la Corte, Colombia pasó a tener un modelo mixto para regular el aborto, es decir por plazos y por causales. Uno de los más amplios del mundo.

 

De Colombia para el mundo

La Sentencia Causa Justa es un hito histórico. Envía un fuerte mensaje de esperanza a otros países de la región a la vez que se suma a una cadena de avances sobre aborto legal, que inicia en Uruguay y va desde Argentina hasta México, así es, de sur a norte y no al revés como suele pasar.

Nuestra Sentencia cobra mayor importancia cuando un referente histórico como Estados Unidos deroga Roe Vs. Wade, que fuera inspiración para el movimiento pro-derechos en el continente por casi cinco décadas.

Lo que nos enseña que no podemos bajar la guardia, pues las garantías en derechos humanos como los derechos reproductivos siempre están sometidas a vaivenes políticos y los logros nunca son permanentes. En palabras de la psicóloga Cristina Villarreal “…esta es una batalla que nunca se gana del todo, siempre habrá intentos de retroceso, siempre habrá quienes quieran echar para atrás lo logrado”.

Por esto es muy importante ver que luego de la Sentencia del 2022 se van creado nuevos desarrollos e instrumentos legales, como:

 

Aborto, el centro de los derechos reproductivos

Educación sexual para descubrir, Anticonceptivos para disfrutar y Aborto legal para decidir, es una arenga acuñada en las calles dentro de lo que se ha llamado “La Marea Verde”, esta recoge con palabras sencillas varios de los derechos sexuales reproductivos reconocidos en los años noventa por instancias internacionales como la Organización Mundial de la Salud y la ONU.

Desde entonces, los derechos reproductivos han sido proclamados y promovidos por múltiples actores internacionales, Estados y organizaciones como parte de los esfuerzos más amplios para proteger los derechos humanos y promover la salud y el bienestar de todas las personas y el desarrollo sostenible.

Los derechos reproductivos son un conjunto de derechos humanos que reconocen la libertad de las personas para tomar decisiones sobre su salud sexual y reproductiva. Justo esto es lo que señala la Sentencia 055 del 2022, con lo que las decisiones de las mujeres y personas gestantes sobre el aborto o sus motivos solo les competen a ellas y ya no son asunto de ninguna otra persona, aunque esa otra persona sea quien tiene la responsabilidad de atender la solicitud de aborto.

 

Derechos reproductivos, motor de igualdad para las mujeres

Derechos reproductivos como el derecho a la atención en salud para la interrupción voluntaria del embarazo o la anticoncepción contribuyen significativamente a la igualdad para las mujeres de varias maneras:

  • Autonomía sobre el propio cuerpo: Cuando se garantiza la libertad reproductiva, se tiene mayor control sobre el propio cuerpo. Esto permite tener hijas(os) deseados, proteger el cuerpo de embarazos no deseados y gozar de mayor plenitud de vida.
  • Mejor acceso a la educación y oportunidades: la anticoncepción y la posibilidad de decidir cuándo iniciar un embarazo permiten a las mujeres continuar con su educación y participar plenamente en la fuerza laboral. Esto reduce las brechas de género en educación y empleo, promoviendo la igualdad de oportunidades para las mujeres.
  • Mejora de la salud materna e infantil: Cuando se tiene la opción de planificar los embarazos, se tienen tienen más probabilidades de acceder a la atención prenatal adecuada y de dar a luz en condiciones seguras. Esto contribuye a mejorar la salud de las mujeres durante el embarazo, parto y postparto y a reducir la mortalidad infantil.
  • Reducción de las violencias sexuales y de género: Promover la autonomía y el empoderamiento de las mujeres y personas diversas en relación con su salud sexual y reproductiva ayuda a prevenir violencias de género y promover relaciones más equitativas.
  • Participación en la toma de decisiones: cundo se está en control de la propia salud reproductiva, se cuenta con una mejor posición para participar en la toma de decisiones que impactan la vida, las familias y las comunidades. Esto puede incluir decisiones sobre el acceso a recursos, la participación política y el liderazgo comunitario.

Retos y Desafíos

Quitarle la última palabra en la decisión sobre aborto al personal de salud para entregársela a las mujeres y personas con posibilidad de gestar implica una revolución cultural que toma tiempo, voluntad política y muchos recursos públicos y privados.

Aunque la avalancha de mujeres solicitando procedimientos de aborto que presagiaban los detractores de la autonomía reproductiva no sucedió, si se han visto cambios en las solicitudes de IVE. Por ejemplo, se redujo el número de solicitudes de IVE en casos de más de 15 semanas de embarazopasando de 54% a 34% (datos de La Mesa por la Vida), lo que puede asociarse con una mejor oportunidad de acceso a los servicios.

Esto concuerda con la experiencia de atención en Oriéntame. Después de la Sentencia Causa Justa registramos que, del total de procedimientos realizados, el 92% de los procedimientos de IVE corresponden a embarazos de menos de 12 semanas de gestación.

Sin embargo, de las personas atendidas de nacionalidad colombiana solo el 6% solicitaron la IVE en segundo trimestre, mientras que de las extranjeras fue del 14%. Esto señala la importancia de garantizar igualdad de acceso para ciertos grupos poblacionales que históricamente han enfrentado barreras para la atención en salud reproductiva, por ejemplo migrantes, indígenas, adolescentes, rurales o habitantes de zonas apartadas.

Las barreras son principalmente de dos tipos, las hay de acceso: información incompleta, errada o nula sobre el servicio, dilaciones, negación de servicios. Y barreras de calidad: violencia, maltrato, vulneración a la confidencialidad, protocolos inseguros, personal sin entrenamiento o falta de personal, entre otros.

Es curioso que uno de los grandes desafíos en la era de la información sea la divulgación de las garantías reconocidas en la sentencia Causa Justa. Hacerla letra viva tanto para las personas usuarias y sus acompañantes, es tan crucial como mandatorio para profesionales de salud, administrativos y tomadores de decisiones de política pública.

Inspección, vigilancia y control de parte de las entidades reguladoras es otro de los desafíos a la hora de hacer valer el derecho a la IVE.

A las instituciones y personal de salud les urge capacitarse y sensibilizarse en enfoque de género y trato humanizado, además de actualizar sus protocolos, rutas y canales de referencia.

 

¿A qué se tiene derecho al solicitar un aborto en Colombia?

  1. Orientación para la toma de decisiones, con información clara y ajustada a las necesidades de quien consulta. Esta es opcional y no puede ser un prerrequisito de atención.
  2. Consulta de valoración integral de la situación de salud.
  3. Procedimiento de IVE con medicamentos u otras técnicas seguras, efectivas y mínimamente invasivas, según la condición clínica.
  4. Asesoría y suministro de métodos anticonceptivos, opcional y ajustada a las necesidades en salud, expectativas y estilo de vida de la consultante.
  5. Consulta de control, si así el caso lo requiere.

 

Todas las instituciones del sistema de salud están en la obligación de garantizar la atención de aborto libre, legal y seguro en todo el territorio nacional y en cualquier momento del embarazo. Para esto cuentan con  máximo cinco días calendario. Todas las solicitudes son válidas ya sea por petición simple antes de la semana 24 de embarazo o por las tres causales después de la semana 24.

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